Economía
Nueva medida para facilitar el manejo de efectivo en el país. Será obligatoria para los bancos
Fue definida por el Banco de la República y deberá operar de forma gratuita a partir del 22 de marzo de 2025.

La escena es común, especialmente después de hacer retiros de un cajero automático, que suelen entregar billetes de 100.0000 o de 50.000 pesos. Los receptores del dinero, que no tienen forma de pagar por medios electrónicos, muchas veces quedan literalmente encartados con el billete, que nadie les quiere cambiar o se demoran más de la cuenta en una transacción sencilla.
Pese a que desde hace años el país libra una batalla contra el efectivo, por sus elevados costos de transporte y de seguridad, así como por la dificultad de llevar un registro de los pagos que se hacen de forma contante y sonante, el Banco de la República emitió una resolución el año pasado, que debe entrar en vigencia este año y que busca facilitar las transacciones con dinero en rama.
Se trata de la resolución Externa 2 del 22 de marzo de 2024, la cual establece nuevas normas para la provisión y el cambio de billetes, y monedas por parte de los establecimientos de crédito.
Si bien estas entidades actualmente realizan ese cambio de los billetes, lo hacen de forma voluntaria, pero ahora se crea la obligación de que les presten ese servicio a sus clientes.

La mencionada resolución establece que ese servicio será gratuito y se prestará en todas las ventanillas de atención al público de los establecimientos de crédito del territorio nacional. Estas entidades son principalmente bancos, compañías de financiamiento y cooperativas financieras.
Cada uno de ellos deberá publicar los nuevos términos y condiciones para la prestación del servicio de cambio y provisión de efectivo. El cambio y la provisión de billetes o monedas se podrá realizar en las oficinas, cajeros automáticos y/o receptores de dinero en efectivo, y dispositivos electrónicos destinados a efectuar operaciones de ese estilo.

Como segundo punto, están las reglas para el cambio, las cuales dictaminan que los establecimientos de crédito podrán constituir montos máximos por operación, de acuerdo con su nivel de presencialidad en una ciudad o municipio. Esta es una obligación para con los clientes de cada banco, no para los que son clientes de otra entidad.
En el Emisor reiteran que la medida, que empezará a regir a partir del 22 de marzo de 2025, busca facilitar el acceso al efectivo y mejorar la calidad del servicio para los usuarios y clientes del sistema financiero colombiano.
El efectivo sigue siendo el rey
A pesar de que las tarjetas de crédito, débito y las billeteras digitales (tipo Nequi, Daviplata y dale!) han tomado fuerza desde la pandemia de la covid-19, estas aún no han logrado desbancar al efectivo como el medio de pago preferido de los colombianos.
Para el año 2024, el 77,8 % de los participantes en una encuesta de percepción sobre los instrumentos de pago en Colombia, realizado por el Banco de la República, reporta que el efectivo sigue siendo el instrumento de pago preferido por los consumos diarios. Quienes gustan del efectivo argumentan que este facilita las compras cotidianas de bajo valor.
Paralelamente, los medios de pago digitales se enfrentan en el país con retos como la falta de conectividad en zonas rurales, la baja educación financiera o, en su defecto, la desconfianza hacia los sistemas electrónicos.