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Ecopetrol tiene tres meses para publicar todos sus documentos de contratación al Secop II. Esta es la orden del Consejo de Estado

Esto tras detectarse que, en efecto, la empresa no estaba cumpliendo sus requisitos para publicar la información al Sistema, como lo ordena la ley.

25 de febrero de 2025, 3:56 p. m.
La compra que hizo Ecopetrol a Repsol, anunciada este año, no se incorporaría a su plan de reservas con corte a 2024.
Ecopetrol. | Foto: istock / ana maría mejía ayala

Ecopetrol tiene tres meses contados a partir de la fecha para subir al Sistema Electrónico de Contratación Pública (Secop II). Así lo ordenó el Consejo de Estado tras establecer que la empresa no estaba cumpliendo con lo exigido por la ley que establece la necesidad de subir toda la documentación sobre los procesos contractuales.

En la decisión notificada este martes 25 de febrero, Ecopetrol estaba omitiendo su cumplimiento para la publicación de los procesos de contratación. “La información publicada no refleja la actividad contractual. Ciertamente, más allá de la publicación de la oferta, no existe mayor información acerca del estado del proceso contractual y sus etapas”, enfatizó el alto tribunal.

ricardo roa Presidente de Ecopetrol, exgerente de campaña de Petro
Ricardo Roa, presidente de Ecopetrol y exgerente de Campaña Petro Presidente. | Foto: guillermo torres-semana

Tras hacer una minuciosa revisión el Consejo de Estado encontró que la mayoría de los documentos publicados solamente hacía referencia a presentaciones de oferta para los procesos contractuales. Sin embargo, en todos los trámites para la celebración de los convenios se destacaba por su ausencia.

“La consulta al Secop ll también evidencia que la información publicada por la sociedad accionada no incluye los documentos, contratos, actos e información generada por oferentes, contratista, contratante, supervisor o interventor, tanto en la etapa precontractual, como en la contractual y la poscontractual”, advierte el fallo de cumplimiento.

En el análisis del caso, la Sección Quinta del Consejo de Estado señaló que Ecopetrol tiene que cumplir con lo exigido por la ley.

Sin embargo, teniendo en cuenta la naturaleza de los contratos, Ecopetrol puede determinar cuáles tienen reserva y cuáles no. Para todo esto, debe presentar su respectiva justificación.

“La Sala reconoce que, tal como lo advirtió la compañía, los documentos contractuales pueden contener información reservada o confidencial, respecto de la cual no es exigible su publicación. Así mismo, reconoce que es Ecopetrol S.A. quien está en capacidad de determinar, en principio, si se configura o no una causal de reserva respecto de los documentos que integran cada contrato", explica la decisión.

ricardo roa Presidente de Ecopetrol
Ricardo Roa, presidente de Ecopetrol. | Foto: Suministrada a Semana A.P.I.

En el marco del estudio de este proceso, Ecopetrol aseveró que ha cumplido con lo estipulado por la ley, realizando la publicación periódica de todos sus procesos contractuales.

Sin embargo, por razones de “competencia” no se pueden subir al sistema público varios documentos puesto que afectarían los procesos de contratación.

“Para que la compañía pueda tener una posición de competencia en el mercado de los hidrocarburos frente a los demás agentes privados, debe actuar como un comerciante. Lo anterior implica que las actividades propias de su objeto social no estén sometidas a los mismos parámetros de publicidad que les aplica a las entidades estatales que ejercen ‘autoridad’”, argumentó Ecopetrol en sus alegatos.

En la demanda se advertía que entre julio de 2022 y agosto de 2024 se había presentado una reducción considerable en la publicación por parte de Ecopetrol en el Secop, lo cual afectaba los principios de transparencia.

Este es el fallo completo contra Ecopetrol